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Las cuotas de las hermandades se deducirán un 75% en la Renta

En la declaración de la Renta, un hermano podrá desgravarse el 75% de las cuotas a partir de este año 2016 si la hermandad está acogida al régimen especial citado en la Ley de Mecenazgo 49/2002. Tras la reforma fiscal del 2015, las aportaciones que los hermanos hacen a las cofradías obtendrán un incentivo fiscal mucho mayor que el que tenía hasta ahora.

En la modificación que hizo el Gobierno el año pasado para este 2016, los contribuyentes tendrán derecho a deducirse el 75% de la cuota íntegra de la base de la deducción correspondiente al conjunto de donativos. Esto es hasta los primeros 150 euros aportados a una misma o distintas hermandades. Es decir, por ejemplo, un padre de familia que pague cuatro cuotas, superando los 150 euros, se deducirá el 75% de la base imponible hasta esa cantidad y, la restante, tendrá una desgravación del 30% (un 35% si el hermano abonó la misma cantidad o superior en 2013, 2014 y 2015).

Hasta ahora, las cuotas de hermano y donativos tenían un beneficio fiscal del 25%, por lo que para 2016 y años sucesivos será un 50% más alta.